EN QUE CONSISTE LA NUEVA LEY DE VIH Y HEPATITIS

Distintas organizaciones y redes de personas infectadas reclaman el tratamiento urgente del nuevo proyecto de ley que contempla un enfoque social e integral.

En la actualidad, Argentina cuenta con una Ley Nacional de SIDA (Sindrome de Inmunodeficiencia Adiquirida) que data de 1990. Fue una de las primeras de la región y hasta el día de hoy garantiza el tratamiento gratuito a personas infectadas, pero fue creada bajo un enfoque biomédico que repara principalmente en la salud física, mientras que el nuevo proyecto, escrito por distintas organizaciones de personas con VIH y Hepatitis Virales, incluye una respuesta más integral que incorpora cuestiones relacionadas a las mujeres, personas gestantes, la niñez y personas privadas de su libertad.

Con el fin de visibilizar, documentar, y erradicar las vulneraciones a los Derechos Humanos de las personas afectadas, la nueva ley también contempla la creación de un  Observatorio Nacional sobre Estigma y Discriminación por VIH, Hepatitis Virales e ITS, además de la formación de una Comisión Nacional compuesta por un cupo de organizaciones sociales no menor al 50% que ayude a establecer nuevas políticas públicas pensadas por y para las personas con VIH y un observatorio que monitoree su aplicación.

Los fallecimientos asociados al VIH son 1.400 todos los años y datos del Ministerio de Salud registran que la mitad de las personas con hepatitis crónica desconoce su diagnóstico. El 90 por ciento del presupuesto destinado a la lucha contra estas enfermedades se invierte en la compra de medicamentos, pero faltan mas políticas públicas de prevención, capacitación y sensibilización.

Con respecto al apartado sobre derechos laboral, se contempla la prohibición y sanción de pruebas de VIH y otras ITS (infecciones de trasmisión sexual) en los análisis preocupacionales y la protección contra despidos, cuestión que ya está legislada en la ley anterior pero no se cumple. Por este motivo, muchas personas infectadas no cuentan con un trabajo formal, por lo que el 70 por ciento de ellos, realizan sus tratamientos en el sistema de salud pública. En respuesta a esta problemática del acceso al mercado laboral registrado, el nuevo proyecto menciona incorporar jubilación anticipada para aquellas personas que, transcurridos 20 años de aportes y 10 desde el diagnóstico, sufran de envejecimiento prematuro como efecto secundario a largo plazo del tratamiento y pensiones no contributivas para quienes estén atravesando situaciones de vulnerabilidad social.

Con respecto a las mujeres y hombres trans el proyecto asegura la provisión de leche de fórmula gratuita durante los primeros 18 meses de vida de niñxs de madres con VIH o hepatitis para prevenir la transmisión vertical a través de la lactancia, y proteger y acompañar el desarrollo de la vida de niños, niñas, y adolescentes que nacieron infectados. Además se destaca la obligación de lxs médicos de informar sobre las opciones de parto y no recomendar cesáreas innecesarias basadxs en el estado serologicos de la persona gestante.

La nueva ley también exige una formación y capacitación  de carácter obligatorio para todos los equipos que trabajen con ITS, incluyendo poderes del Estado, medios de comunicación y trabajadores de la salud y la educación.

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