ESPAÑA APROBÓ LA LEY DE “SOLO SÍ ES SÍ”
- POR: varietenews
El pasado 25 de agosto el Congreso de los Diputados de España aprobó la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual, conocida como la ley de “Solo sí es sí” que hace eje en el consentimiento libre de las mujeres respecto a las relaciones sexuales y elabora un plan de asistencia integral para las víctimas de esta violencia.
La ley fue aprobada por 205 votos a favor, 141 en contra y tres abstenciones, luego irá al Boletín Oficial del Estado y entrará en vigor en las próximas semanas. La nueva norma implementa un itinerario de asistencia integral para las víctimas de esta violencia que se pondrá en marcha a través de los llamados Centros de Crisis 24 horas, de los cuales habrá uno por cada provincia, y se estima que al menos 50 estarán abiertos para 2023.
Con esta nueva ley se establece que todo acto sin consentimiento es agresión sexual. Esto produjo la modificación del código penal que subsume el delito de abuso sexual en el de agresión. A partir de ahora los delitos sexuales se regularán con base en el consentimiento y no en otros elementos.
OTROS PUNTOS IMPORTANTES DE LA LEY “SOLO SÍ ES SÍ”
Entre otras cosas, a partir de la sanción de la nueva norma, es el agresor quien deberá probar su inocencia y no la víctima quien deba demostrar si hubo abuso o no. Además se modifican los apartados 1 y 4 del artículo 173 pudiendo considerarse a los piropos como delitos leves.
De la misma forma, se establece que envíar fotos de los genitales sin consentimiento es delito. Las nudes a través de las redes sociales se han vuelto una forma de acoso constante para muchas mujeres que reciben por parte de algunos hombres imágenes de sus genitales sin haberlas pedido.
También se vuelve ilegal extorsionar o amenazar a tu pareja o cualquier mujer con difundir una foto íntima suya, incluso aunque realmente no haya intención de hacerlo. Este hecho podría constituir un delito de amenazas, tal como se estipula en los artículos 169, 170 y 171 del Código Penal.
Las relaciones sexuales se pueden considerar violación si el hombre insiste en tener sexo a pesar de ya haberse negado. Si la mujer dijo que no, aunque sea su pareja puede ser considerado como una violación.
LA LEY Y LOS AGRAVANTES
La ley de “Solo sí es sí” establece nuevos agravantes a los delitos de agresión sexual como la utilización de fármacos para anular la voluntad de la víctima o el hecho de que el agresor sea su pareja, expareja o familiar de la víctima. Estos casos pasarán de ser calificados automáticamente como abusos sexuales a ser agresiones sexuales agravadas.
Además, los hechos que vayan acompañados de “violencia de extrema gravedad” o de “actos especialmente vejatorios” también serán más duramente castigados. En abusos sexuales con agravantes, el rango de penas irá de los 2 a los 8 años si no hay penetración y de 7 a 15 cuando hay penetración.
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